Antes que nada, ¿qué es el LINCHAMIENTO?, Derechos Humanos, nos da una definición, la cual es la siguiente; Define el linchamiento como: “Acto de agresión física que lleva a cabo un grupo de personas, incitados por la propia multitud, en contra de una o más personas, con el pretexto de ser supuestamente sancionada(s) por la colectividad por la presunta comisión de una conducta delictiva o en agravio de la comunidad, justificándose en la inoperancia de la autoridad, a la que consideran no sancionará a los responsables, por lo tanto deciden tomar la justicia en sus manos y castigar de manera corporal, directa e inmediata a los sujetos presuntamente responsables, sin permitirles defensa alguna, lo que puede llegar a provocar su muerte.”
Luego entonces por qué hablar de esto y la realidad este tipo de fenómeno, el cual se justifica la ciudadanía, refiriendo que es mejor hacer justicia por propia mano manifestando la falta de credibilidad en las autoridades, cuando lo cierto es y nos preguntamos y el ciudadano que ha hecho para que las autoridades no dejen impune los hechos delictivos, ¿acaso participan y denuncian cuando son testigos de un delito?, ¿con son víctimas, denuncian?, es mas ¿Cuándo son víctimas de un delito y la autoridad o los ciudadanos confiables detienen al sujeto que cometió el delito? Y así una infinidad que como ciudadanos no hacemos o dejamos de hacer, siempre justificando que por el tiempo o porque ya no quieren tener mayores problemas, infinidad de justificaciones, los cuales han llevado a dejar de creer en las autoridades y aunado a esto los organismos descentralizados y organizaciones no gubernamentales los cuales vigilan los derechos humanos, pero nunca he visto que ellos realizan campañas de educación de la Cultura de la Legalidad por ejemplo y que hagan ver a los ciudadanos que el participar en los Linchamientos, incurren en delitos. Es más responsabilidad a los gobiernos por esa falta de proximidad social a través de las áreas de Prevención del Delito y másaun recomendar realicen protocolos para atender este tipo de fenómenos. Y esto lo vemos como ejemplo; En la Recomendación 78/2017, dirigida al Gobernador Constitucional del estado de Puebla, se destaca el séptimo punto:
Así, el 9 de mayo de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el Acuerdo del -entonces- Secretario General de Gobierno del Estado, por el que emitió el “Protocolo de Actuación para Casos de Linchamientos en el Estado de Puebla”. El objetivo del presente acuerdo quedó establecido en el artículo primero de la siguiente manera: “El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las acciones coordinadas que deberán llevar a cabo las Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Pública y los Municipios que conforman el Estado de Puebla, cuando tengan conocimiento de un intento de linchamiento”. Del cual platicaremos posteriormente.
Bueno entonces después de publicar un protocoló esto previno los Linchamientos, claro que no, Ciertos ciudadanos los cuales por esa mala percepción legal, han incitado a vecinos y comunidades a tomar Justicia por Propia mano, sin tener la obligación de primero verificar si es cierto lo que estos personajes, incitadores dicen, ha habido muchos casos donde se han Linchado personas que no estaban cometiendo algún delito, solo estaban en el lugar y hora equivocada y encontrándose con gente sin valores, que por una situaciónde zozobra empiezan a crear una ola de inseguridad provocando a las masas sociales a tomar la Justicia por su propia mano, lamentablemente y en mucha de las ocasiones perdiendo la vida personas inocentes o en su caso que si fuera verdad que los sujetos linchados son perpetradores de un delito terminan siendo víctimas los cuales son violentadosen sus derechos humanos por ciudadanos desconocedores de las consecuencias legales, y que una de las premisas del derecho es “El desconocimiento de la Ley no exime de responsabilidad”.
Y bueno cual es el fin del presente artículo, pues primero invitar a la denuncia a los números de emergencia, como lo son el 911, 089, así como en algunos municipios proporcionan los números directos de Seguridad Pública, en el entendido que si eres testigo, participar en todo el procedimiento para evitar esa mala percepción de falta de Justicia, que provocamos como Ciudadanos al no cumplir con nuestras obligaciones y la segunda es la de no participar en este tipo de toma de justicia por propia mano conocida como Linchamiento, ya que incurrimos en los delitos de: Privación ilegal de la libertad contemplado en el artículo 29 del Código Penal del Estado de Puebla (al retener a una persona de manera ilegal; la ley dice “cualquiera puede detener en flagrancia de delito al sujeto que lo cometió y deberá a poner a disposición de la autoridad y este a su vez al ministerio público”) luego entonces si no informamos de que se tiene una persona retenida por hecho delictivo, ya tenemos el primer supuesto y de ahí los delitos que se desprendan, por mencionar; Lesiones contemplado en el artículo 305 del Código Penal del Estado de Puebla y en su momento Homicidio contemplado en el artículo 312 del Código Penal del Estado de Puebla y al que incite a esto comete el delito de Apología del Delito contemplado en el artículo 229 del Código Penal del Estado de Puebla. Lo cierto es que actualmente en Puebla ya se está legislando para que el Linchamiento se considere un Delito y tendrá sus Sanciones.
Para las autoridades, el continuar con el trabajo de la mano con la Ciudadanía y así de manera responsable combatir de manera frontal a la delincuencia y no permitir que una mala percepción de seguridad continue provocando que ciudadanos realicen actos tendientes a cometer delitos con la justificación de tomar la Justicia por propia mano. Y de igual forma invitar a esos organismos descentralizado y órganos no gubernamentales aporten de una manera Proactiva, para que en conjunto erradiquemos este Fenómeno Social, que lesiona a nuestra Sociedad.