Avanza el tema de la despenalización del aborto en Puebla al interior del Congreso de Puebla

Jorge Barrientos

La despenalización del aborto en Puebla ha avanzado significativamente, con la aprobación en comisiones legislativas del dictamen que permite la interrupción legal del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.

Esta iniciativa, discutida en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, recibió el voto favorable de cinco diputados, una abstención y ningún voto en contra.

Los diputados que votaron a favor pertenecen a diferentes grupos y partidos:
– *Grupo Plural*: Eduardo Alcántara Montiel, Silvia Tanús Osorio, Erika Patricia Valencia.
– *Partido del Trabajo (PT)*: Gerardo Hernández Rojas.
– *Movimiento Regeneración Nacional (Morena)*: Yolanda Gámez Mendoza.

Fernando Sánchez Sasia, también de Morena, se abstuvo de votar, mientras que Mónica Rodríguez Della Vecchia, del PAN, tuvo una ausencia justificada.

Sánchez Sasia cuestionó la exclusión de la Comisión de Salud en el debate y planteó preocupaciones sobre la responsabilidad, salud mental de las mujeres y el posible fomento de clínicas clandestinas. Sin embargo, sus preguntas no recibieron respuestas.

La votación finalizó con 5 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención. José Miguel Espinosa de los Monteros Gil del PAN anunció que votará en contra en la próxima sesión del lunes 15 de julio.

El dictamen aprobado modifica los siguientes artículos del código penal:

– *Artículo 339*: Define el aborto como la interrupción del embarazo después de las 12 semanas.
– *Artículo 340*: Establece penas de 6 meses a 1 año de prisión para la gestante y de 1 a 3 años para quien la asista, si el aborto ocurre después de las 12 semanas.
– *Artículo 341*: Penaliza el aborto forzado con 4 a 8 años de prisión, y de 8 a 10 años si hay violencia física o moral.

– *Artículo 342*: Suspende el derecho a ejercer su profesión a los profesionales médicos que realicen abortos, por el mismo tiempo que la pena impuesta.

El aborto no será sancionable en los siguientes casos:
– *Artículo 343*:
– Si es involuntario.
– Si es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida.
– Si la gestante corre peligro de muerte.
– Si hay diagnóstico médico de alteraciones genéticas o físicas graves en el feto, con autorización de la gestante.

El dictamen ahora será tratado en la Junta de Gobierno y Coordinación Política y, si se incluye en la lista de temas, se votará en la última sesión ordinaria de la LXI Legislatura el lunes 15 de julio a las 10:00 de la mañana.

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