Reivindicando Derechos

Al ser declarado Día Internacional de las Mujeres, cada año los 8 de Marzo recordamos a las más de doscientas mujeres obreras asesinadas en un incendio provocado en una fábrica textil de Nueva York

En aquel entonces, ellas, luchaban por derechos laborales. Ahora, nosotras, continuamos luchando por nuestros derechos laborales pero también por otros derechos, entre ellos el vivir una vida libre de violencias.

En esa ruta hemos venido incidiendo paralelamentemediante la construcción de agendas comunes.

En la normativa mediante su inclusión; y, en lo colectivo alzando la voz cada una, exigiendo nuestros derechos, exigiendo el cumplimiento de las funciones que tienen los gobiernos de los tres niveles en la materia, usando para ello todos los métodos a nuestro alcance y todo, a favor de la garantía y protección de los derechos de las mujeres.

El Congreso poblano con el objetivo de continuar reivindicando esos derechos que además frenen la violencia en su contra, ha venido avanzando progresivamente en materia de ley.

Hace unos días aprobó en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el estado de Puebla, la inclusión de la definición de Violencia Ácida, considerada ahora como “… todo acto que causa daño no accidental, por medio del empleo de ácido o sustancia corrosiva, caústica, irritante, toxica o inflamable o cualquier otra sustancia que, en determinadas condiciones, pueda provocar o no lesiones internas, externas o ambas.” Elevando en el Código Penal a tentativa de feminicidio este delito.

Aprobaron también en el Código Civil la pérdida de la patria potestad cuando quien la ejerce es condenado por el delito de feminicidio, la cual se decretará cuando haya una sentencia. Entre tanto, en este mismo supuesto la patria potestad podrá suspenderse cuando exista auto de vinculación a proceso. Incluso, con el objetivo de proteger a las infancias víctimas en esos casos de feminicidio perpetrado por el padre, el juez podrá en su beneficio modificar el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia. Determinando en el Código Penal estatal que si este delito se comete delante de los hijos/as de la víctima directa, la sanción se eleva de 50 a 70 años de prisión.

Todas estas reformas a leyes secundarias seguramente a este día al ser publicadas en el Periódico Oficial del Estado, son vigentes para el estado de Puebla.

Va mi reconocimiento a la aportación de las diputadasAzucena Rosas, Mónica de la Vechia, Aurora Sierra, Tonantzin Fernández y Néstor Camarillo promoventes de las iniciativas de Violencia Vicaria; y, a la diputada Mónica Silva proponente de las reformas al Código Civil y Penal detonadas por el terrible feminicidio de la Abogada Cecilia Monzón.

En la lucha colectiva desde todas las trincheras, pasos como estos sin duda reivindican derechos de las mujeres, por eso en fecha tan importante #8M hay que visibilizarlos.  

rgolmedo51@gmail.com

@rgolmedo

Palabra de Mujer Atlixco

rociogarciaolmedo.com

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