El Congreso del Estado declaró la apertura del Tercer Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Legal de la LXI Legislatura, que comprende del 15 de mayo al 15 de julio de 2024.
Durante la sesión ordinaria, se presentó una iniciativa para establecer en la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla el concepto de bebidas adulteradas, bebidas falsificadas y bebidas contaminadas; además, indicar que los establecimientos, a través de sus representantes o encargados, están obligados a vigilar que las bebidas alcohólicas que se vendan o suministren no estén adulteradas, falsificadas o contaminadas.
En la iniciativa, se prevén sanciones en caso de que la venta o suministro de bebidas alcohólicas se encuentren adulteradas, falsificadas, contaminadas, alteradas o en estado de descomposición.
Con la iniciativa se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla; y del Código Penal del Estado. La propuesta legislativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia para su análisis.
También se presentó un punto de acuerdo para exhortar al Instituto Poblano de los Pueblos Indígenas para que, con base en sus atribuciones, asigne traductores de lenguas originarias en las diferentes dependencias del Gobierno del Estado.
El exhorto fue turnado a la Comisión de Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas para su estudio y resolución procedente.
En otro momento de la sesión se dio cuenta de una iniciativa para reformar la fracción XI del artículo 3 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Puebla, con el objetivo de actualizar la denominación de la Secretaría de Bienestar en el ordenamiento.
La propuesta legislativa fue turnada a la Comisión de Bienestar para su estudio y resolución procedente.
Asimismo, se dio cuenta de una iniciativa que tiene el objetivo de agregar a los palenques dentro de los establecimientos donde se puede realizar en forma eventual y transitoria la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
Contempla modificaciones para indicar que en los espectáculos públicos sólo se permita el expendio de bebidas en envase de cartón y plástico biodegradable; además, que los Ayuntamientos regulen el suministro de bebidas alcohólicas en espectáculos públicos.
La iniciativa que pretende reformar el artículo 14 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, fue enviada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.
En asuntos generales, se presentó un punto de acuerdo para regular y reducir los costos por el trámite de cambio de propietario de lotes a perpetuidad en los panteones municipales del Estado de Puebla.
El punto de acuerdo fue turnado a la Comisión de Asuntos Municipales para su estudio y resolución correspondiente.