-La reforma al Código Civil en materia de patria potestad, conocida como “Ley Monzón”, fue retomada en diferentes entidades de la República
El Congreso del Estado ha sido referente y pionero a nivel nacional con reformas trascendentales en materia de género y de combate a la violencia contra las mujeres, destaca el Segundo Informe de Actividades de la LXI Legislatura.
El Poder Legislativo está integrado de forma paritaria, con 21 diputadas y 20 diputados. Las legisladoras están comprometidas en impulsar y promover el empoderamiento de niñas y mujeres, mediante diversas reformas, se sientan las bases jurídicas para el ejercicio de sus derechos.
En el segundo año de actividades, se aprobó la reforma al Código Civil en materia de pérdida, suspensión y modificación de la patria potestad en casos de feminicidio, conocida como “Ley Monzón”, que fue retomada en diferentes entidades de la República.
De la misma forma, se aprobaron reformas al Código Penal y a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer la violencia ácida y castigarla como tentativa de feminicidio; Puebla fue uno de los primeros estados en modificar su marco normativo para sancionar este tipo de agresiones.
En esta Legislatura se reformó el Código Penal del Estado para establecer que, además de las penas aplicables por el delito de feminicidio, si se comete frente a las hijas o hijos de la víctima directa, se sancionará con una pena de 50 a 70 años de prisión.
Además, se reformó la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer que el Estado y los Municipios deben proporcionar atención psicológica y legal, especializada y gratuita a las víctimas de ciberacoso, hostigamiento o acoso sexual como parte de las acciones para erradicarlos.
Para evitar que se promuevan los estereotipos, se aprobó una reforma a la Ley de Educación del Estado, a fin de evitar la realización de certámenes en los que se evalúe la belleza o apariencia física de niñas, niños y adolescentes.
A través de reformas a la Ley Orgánica Municipal se estableció la obligatoriedad para los Ayuntamientos de crear instancias de atención a mujeres.
La LXI Legislatura también aprobó reformas para implementar acciones con el objetivo de prevenir cualquier conducta que pueda configurar violencia política contra las mujeres en razón de género, en especial, la relativa a limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo público o político, incluido el pago de salarios, dietas u otras prestaciones asociadas al mismo.