Iván Cuautle Minutti volvió a enfrentar un resultado adverso en los tribunales. Este 2 de diciembre de 2025, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó, en el expediente SM-JDC-351/2025, que la suspensión de su cargo como síndico municipal de San Pedro Cholula no corresponde al ámbito electoral, sino a una resolución de carácter penal.
Con esta determinación, Cuautle Minutti acumula dos derrotas consecutivas en medios de impugnación, pues nuevamente una autoridad jurisdiccional rechazó sus argumentos al intentar atribuir la medida en su contra a presuntas afectaciones político-electorales.
La Sala Regional sostuvo que el ciudadano intentó encuadrar como acto electoral una decisión que en realidad se originó en el ámbito penal, lo que dejó sin sustento su pretensión de que el tribunal local interviniera. De acuerdo con la resolución, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla actuó correctamente al declararse incompetente, ya que la suspensión dictada por un juez penal no guarda relación con la protección de derechos político-electorales, como insistía el promovente.
El fallo confirma que el Cabildo de San Pedro Cholula no vulneró los derechos de Cuautle Minutti, dado que únicamente acató una medida judicial externa al ámbito municipal. Con ello, el exsíndico sigue sin lograr revertir la separación de su cargo, quedando nuevamente evidenciada la falta de sustento de sus argumentos ante los órganos electorales.
