La iniciativa fue presentada tras la tragedia ocurrida en la gruta Chichicazapan, en Cuetzalan, donde cuatro personas perdieron la vida durante un recorrido de turismo de aventura.
Jorge Barrientos
Puebla, Pue.— Hasta dos años de prisión podrían enfrentar quienes ofrezcan, organicen o conduzcan actividades de turismo de aventura sin contar con las autorizaciones o certificaciones correspondientes, de acuerdo con una iniciativa presentada ante el Congreso de Puebla por la diputada local de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales.
La propuesta contempla adicionar el artículo 345 Bis al Código Penal del Estado de Puebla y surge tras la tragedia registrada en la gruta Chichicazapan, en el municipio de Cuetzalan, donde cuatro personas perdieron la vida durante un recorrido turístico.
A 54 días del accidente, las condiciones climáticas han impedido la recuperación de los cuerpos de tres de las cuatro víctimas. Se trata de Ismael Peña, de 40 años, y sus hijas Yazmín Lizbeth y Karime Antonio Peña, de 21 y 24 años, respectivamente.
El cuerpo de José Agustín de los Santos, de 31 años, fue el único que pudo ser recuperado hasta el momento.
De acuerdo con los datos del caso, la familia habría pagado alrededor de cinco mil pesos por el recorrido. Sin embargo, el incremento del caudal de un río subterráneo, provocado por las lluvias, generó condiciones de riesgo dentro de la caverna y dejó atrapados a los integrantes del grupo.
La secretaria de Turismo, Carla López Malo, confirmó posteriormente que el guía que encabezaba el recorrido no contaba con las certificaciones necesarias para realizar este tipo de actividades, por lo que la Fiscalía General del Estado (FGE) inició una carpeta de investigación.
Hasta el momento, no se han dado a conocer públicamente mayores detalles sobre los avances de la investigación ni se ha confirmado si el guía fue puesto a disposición de las autoridades.
Buscan sancionar a guías que operen sin certificación
Ante este contexto, la diputada Fedrha Suriano Corrales planteó incorporar el artículo 345 Bis al Código Penal de Puebla, con el objetivo de establecer responsabilidades penales para quienes presten servicios de turismo de aventura sin cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades.
La iniciativa contempla una pena de hasta dos años de prisión para quien ofrezca, organice o conduzca un servicio de turismo de aventura sin contar con la autorización o certificación correspondiente.
Además, se propusieron modificaciones a la Ley de Turismo del Estado de Puebla para reforzar los mecanismos de supervisión y evitar que personas que carezcan de las acreditaciones necesarias puedan desempeñarse como guías en actividades de naturaleza o aventura.
Entre las disposiciones planteadas se establece que los prestadores deberán abstenerse de realizar actividades cuando exista una restricción, suspensión, cierre o prohibición emitida por una autoridad competente, particularmente cuando estas medidas obedezcan a razones de seguridad o protección civil.
Secretaría de Turismo tendría mayores facultades de verificación
La propuesta también contempla fortalecer las facultades de la Secretaría de Turismo, que podría realizar visitas de verificación para comprobar que los prestadores de servicios cumplan con las disposiciones legales.
Las revisiones permitirían constatar que los guías turísticos cuenten con las certificaciones correspondientes, además de verificar el cumplimiento de los protocolos y medidas de seguridad establecidos para este tipo de actividades.
De aprobarse las reformas, los guías también tendrían la obligación de suspender o abstenerse de prestar sus servicios cuando exista una restricción o prohibición emitida por Protección Civil u otra autoridad competente.
Con estas modificaciones, se busca establecer mayores controles para las actividades de turismo de aventura en Puebla, particularmente aquellas que se desarrollan en grutas, cavernas, ríos, montañas y otros espacios naturales, donde las condiciones climáticas pueden modificar rápidamente los niveles de riesgo.
