TIEMPO DE REPARTOS

Hoy, tras treinta años de la noche neoliberal, en la palestra se discuten importantísimos temas para los trabajadores de nuestro País. Hoy vuelven a tomar impulso los derechos que alguna vez la tecnocracia buscó borrar de un plumazo porque así les obligaron en Harvard y Yale, a aprenderse la fórmula de memoria como si se tratara de una tabla de multiplicar. Asuntos como la seguridad social, las condiciones de trabajo, las vacaciones, el aumento al salario mínimo retoman el lugar que les habían quitado, y se vuelven parte fundamental del discurso de gobierno y del proceder de los regímenes de la 4T, tomando la misma relevancia que temas como el combate a la corrupción, la disminución de la desigualdad y los derechos de las personas, porque finalmente, las  reivindicaciones de los trabajadores se forman de todos esos.

La participación de los trabajadores en las utilidades es un derecho constitucional que viene gestando su lugar histórico en México desde 1856, cuando Ignacio Ramírez El Nigromante, como diputado, exigía que los trabajadores recibieran una parte proporcional de las ganancias que ellos mismos habían generado, pero fue hasta 1917 que quedó consagrado como un derecho velado por el Estado mexicano. Hoy, además de ser un método distributivo de la riqueza, ayuda a la recuperación económica y la circulación del dinero para llegar a las más diversas manos. Entonces es una medida benéfica en muchos sentidos, se da sobre las utilidades determinadas, (es decir, no afecta al empleador al no exigir lo que no hay), se da de manera proporcional al salario y el tiempo trabajado y coadyuva a la estimulación de la economía.

Este año, fue el 30 de mayo el plazo para pagarlo por parte de personas morales, y será hasta este miércoles el 29 de junio el plazo si sus empleadores son personas físicas, para recibir este derecho. ¿Cómo saber si tengo derecho a PTU? Si se cumplen estos requisitos:

1. Ser trabajador de planta o eventual que haya laborado el año pasado al menos sesenta días.

2. Que el empleador tenga más de un año de labores y que haya generado utilidades mayores a trescientos mil pesos

3. No estar empleado en puestos de dirección, administración, gerencia, ser socio, o trabajadores del hogar, o estar bajo el régimen de honorarios.

4. Se dará sobre el 10% de los ingresos acumulables y en proporción a los días trabajados y el salario percibido durante el año.

Si el trabajador cumple las condiciones y no recibe participación de utilidades, debe acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, teniendo de plazo un año a partir del día siguiente de la fecha límite para efectuar el reclamo, si es que no lo recibiera.

Es importante que tanto el patrón como el trabajador tengan presente esto y que se acerquen a la autoridad para la aclaración de cualquier duda, en la Secretaría de Trabajo dePuebla estamos preparados para resolver las dudas que tanto empleador como trabajador tengan.

Pagar el reparto de utilidades es cumplir con la gente y tiene gran relevancia para la recuperación de Puebla y de México.

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